EL TSJ de Madrid condena a TVE por tener como falso autónomo al motorista de los telediarios
RTVE ha sido condenada a ingresar en su plantilla al motorista de los informativos
Despacho en Madrid 📞: 91 411 53 65 ✉️: madrid@sboabogados.com
Despacho en Alcalá de Henares 📞: 91 889 10 26 ✉️: alcala@sboabogados.com
RTVE ha sido condenada a ingresar en su plantilla al motorista de los informativos
El alto tribunal considera improcedente el despido de Jaime García Treceño, que se suma al del exdirector de informativos
La periodista recibía un salario mínimo mensual garantizado, tenía exclusividad con la empresa y atendía a las directrices diarias de la empresa.
Inspección sanciona a la empresa de reparto con 38,1 millones de euros y exige otros 19 millones en cuotas de la Seguridad Social. También castiga la utilización de trabajadores sin permiso de trabajo
Una juez sentencia que existe relación laboral y no mercantil, porque la empresa le encargaba los trabajos, le acreditaba y se quedaba con las fotografías.
El Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid resuelve que tres periodistas, que han sido representados por el despacho SBO Abogados, que trabajaban para la Agencia Efe cubriendo la información de la Bolsa de Madrid son falsos autónomos y han visto reconocida su relación laboral.
El Tribunal Superior de Madrid ratifica una multa de más de seis millones para la multinacional
El bufete de abogados SBO, que logró la sentencia pionera del Tribunal Supremo que reconocía que los repartidores de Glovo eran falsos autónomos, prepara sendas demandas contra Uber Eats y contra la propia Glovo por supuestamente no cumplir la ley rider, que entra en vigor este jueves y que obliga a establecer una relación laboral…
Sentencia muy importante en la batalla judicial sobre el modelo laboral de los trabajadores en plataformas digitales. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha analizado por primera vez la relación laboral de un repartidor de estas plataformas digitales, también llamados ‘riders’, de la empresa Glovo, y concluye que existe relación laboral con…
El Tribunal Constitucional da la razón al defendido de SBO Abogados y “señala que los órganos judiciales ordinarios no pueden dejar de aplicar, por sí mismos, en razón de su inconstitucionalidad, y mediante el uso del principio de jerarquía, una ley posterior a la Constitución”. Enlace al artículo original de El País